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¿Crisis en la capacitación judicial? > Editorial

Editorial Sistemas Judiciales Nº1: lanzamiento.

Los directores ejecutivos de CEJA e INECIP (Juan Enrique Vargas y Alberto Binder) establecen los lineamientos de la revista.
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Iniciar la publicación de una revista tiene mucho de aventura. No se trata de un proyecto cualquiera. Por lo general, la historia de las publicaciones periódicas especializadas en nuestra región es corta y tortuosa. Son pocas las que logran consolidarse y resultan, en definitiva, exitosas. Pese a ello, y sin desconocer algún grado de inquietud que igualmente sentimos, pensamos que hay buenas razones para apostar y embarcarnos en este proyecto. Creemos que una revisión -aunque sea somera de las condiciones que deben concurrir para que una iniciativa de esta especie prospere, puede servir para explicar nuestro optimismo.

 

Para que una revista logre consolidar un espacio propio, debe haberse constituido previamente una comunidad más o menos extensa pero perfectamente identificable que sirva como su público objetivo, demandante de la misma. En el caso de las reformas judiciales en la región, creemos que poco a poco se han ido conformando grupos a nivel nacional "y con crecientes vínculos internacionales entre ellos- que ya sea de la mano de las instituciones públicas del sector o cobijados en organizaciones de la sociedad civil o del mundo académico, han definido al tema judicial como el objeto preferente y permanente de su preocupación. Poderes judiciales o ministerios públicos más poderosos y estables, ONGs vinculadas al tema de justicia y centros universitarios preocupados por este sector, son un fenómeno relativamente reciente en las Américas, que han ido formando una suerte de masa crítica cada vez más ávida de información y de vehículos de contacto con sus pares de la región.

 

Lo segundo que se requiere, es contar con una aproximación al tema que sea útil y original, que satisfaga una necesidad no cubierta por otros medios. Es así como hemos orientado esta revista al análisis del fenómeno judicial en su integralidad, sumando y combinando las visiones parciales que han sido las tradicionales sobre el sector desde la mirada meramente jurídica -que ha sido casi la dominante por siglos-, hasta otras tan diversas como lo son la mirada sociológica o administrativa, esta última tan de moda en los años recientes. El que hayamos denominado a la revista "Sistemas Judiciales"? da cuenta, precisamente, de esta perspectiva amplia con que queremos abordar los múltiples desafíos y temas que este sector plantea. Nada de eso existe en estos momentos en nuestro ámbito geográfico.

 

Lo tercero, es contar con un apoyo institucional lo suficientemente sólido, serio y extenso como para asegurar que, por una parte, la revista convoque y llegue a todos aquellos a los que está destinada y que, por la otra, pueda mantenerse en el tiempo. La presencia en esta iniciativa del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), institución que se han dado los países de la región precisamente para promover los procesos de reforma a sus sistemas judiciales, creemos que garantiza tanto una cobertura amplia como su estabilidad y permanencia. Por otra parte, la intervención del Instituto de Estadios Comparados en Ciencias Sociales y Penales (INECIP), con la experiencia acopiada por su participación en procesos de reforma judicial en un elevado número de países de la región, asegura conocimiento del medio y soporte técnico.

 

Ante la vastedad de los temas que surgen a propósito de los sistemas judiciales, nos ha parecido más productivo centrar los sucesivos números de la revista en aspectos específicos de especial interés para el sector, dedicándole a ellos la parte más analítica de la revista, sin perjuicio que contenga, además, información de carácter general.

 

Así, este primer número que presentamos tiene por tema central el de la capacitación judicial. Su elección no fue al azar. Si buscáramos un común denominador entre todos los procesos de reforma judicial en el continente, este sería sin duda el de la capacitación judicial. Hay dos motivaciones para ello. Por una parte, la creencia que los defectos del sector se deben principalmente a las deficiencias en la formación de los funcionarios que lo integran -el enfoque se ha centrado preferentemente en los jueces-.La segunda, el considerar que la capacitación constituye una reforma más neutra o pacífica que otras, que permite avanzar sin despertar tanta resistencia y tejiendo, a la par, alianzas que pueden ser útiles en el futuro.

 

Pese a la importancia que tiene el tema capacitación dentro de los sistemas judiciales, hoy en día ha cundido cierta sensación de frustración con los resultados obtenidos, fruto de las acciones emprendidas en este ámbito. Creemos que ello se debe a un error de expectativas. En un primer momento se pensó que la creación de escuelas judiciales era por si sola un vehículo idóneo para transformar los sistemas judiciales. Se creyó que los problemas del sistema se podían superar simplemente preparando mejor a los operadores del sector, supliendo así las múltiples deficiencias que la formación legal presenta en la actualidad en las escuelas de derecho.

 

Sin embargo, a poco andar nos hemos dado cuenta de algo bastante evidente. Los problemas de nuestros sistemas judiciales no se deben a una supuesta "ignorancia"? por parte de quienes deben hacerlos funcionar, sino a raíces mucho más profundas, a veces afincadas en las definiciones de los roles más básicos en su interior. La capacitación no puede, de suyo, cambiar esas definiciones. Es más, capacitar a los actores para funcionar con lógicas y criterios que chocan con los que cotidianamente deben aplicar en los tribunales, sólo puede crear una suerte de esquizofrenia.

 

No se le puede pedir a la capacitación que por sí misma altere la estructura y funcionamiento del sistema. Sí se le puede pedir, aquello que la hace indispensable: que acompañe los procesos de reforma que se emprendan en las áreas sustantivas o administrativas, preparando a los diversos funcionarios para trabajar con las nuevas instituciones, procedimientos o sistemas. Si bien es cierto que la capacitación no puede reformar al sistema judicial, no es menos cierto que no hay reforma judicial posible sin capacitación.

 

Los artículos que hoy les entregamos giran en torno a esta nueva perspectiva respecto a lo que la capacitación puede y debe hacer. Dejan de lado las aproximaciones más gruesas a que estábamos acostumbrados en este tema, para entrar en el análisis pormenorizado de los problemas y desafíos que implica la capacitación de adultos que son profesionales y que ocupan posiciones de poder.

 

Esperamos que se entusiasmen con esta publicación tanto como lo estamos nosotros y que participen en el futuro activamente en ella., enviándonos artículos e información. Si logramos eso, sin duda podremos despedirnos de los últimos temores que esta empresa nos genera.

 

 

Descargar completo en PDF.

Alberto Binder, Juan Vargas

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