Editorial

Descargar PDF

Género, diversidad sexual y justicia

Ha sido un desafío proponer un número enteramente dedicado a cuestiones de género y diversidad sexual en una publicación cuyo eje temático habitual es la reflexión en torno a los sistemas judiciales de la región.

Gran parte de las demandas sociales en nuestros países provienen hoy, indiscutiblemente, de los feminismos y movimientos reivindicativos de la diversidad sexual.

En muchos casos, se trata de luchas. Luchas para construir instancias de reconocimiento de derechos, para exigir justicia frente a abusos de poder que se gestan al amparo de las asimetrías cisheteropatriarcales, como también, para impulsar mecanismos de reparación por los daños sufridos tras violencias consentidas por siglos. En todos nuestros países se han avalado opresiones mortificantes en razón de los géneros y/o identidades sexuales, en base a legislaciones y otras prácticas institucionales cuya transformación lleva ya una larga historia. De algunas de ellas nos ocuparemos junto con los desafíos aún pendientes.

Es tan estructural el nivel histórico de desatención a la relación entre género y justicia que resulta complicado condensar, en un único número, la diversidad de niveles en que se viene abriendo la discusión. Sólo considerando la gravedad y escala de las violencias extremas que se reproducen a través de crímenes particularmente cruentos, como el femicidio, travesticidio y otros crímenes de odio homofóbico, lesbofóbico y/o transfóbico por mencionar las formas más acuciantes de violencias misóginas, podríamos agotar una intervención dedicada a la relación género, diversidad sexual y justicia. Sin embargo, aún a sabiendas de la imposibilidad de cubrir todo el espectro de temas, optamos por un abordaje más heterogéneo.

Propusimos, en primer lugar, textos que permitieran revisar críticamente aquellas políticas que guardan relación con los temas que habitualmente se consideran relevantes en una agenda de género para la Justicia.

Por un lado, hay un artículo que analiza críticamente la política de lucha contra el delito de trata, en particular en México, Brasil y Argentina. El texto considera impactos en razón de género, que aporta elementos poco comunes en el debate tales como marcos teóricos específicos, a diferencia de lo que ocurre muchas veces cuando debatimos anclades en la difusión de cifras en abstracto, sin conexión con los impactos en las vidas de las personas involucradas.

También, dada la gravitación transversal a nivel regional que tiene la cuestión de la tutela judicial efectiva en casos de violencia de género, se ha incluido un artículo que plantea la pregunta acerca de la relación entre política criminal y violencia de género. Un abordaje específico que propone reflexionar al tiempo que despliega las ventajas y desventajas de una experiencia concreta de organización en el Ministerio Público Fiscal y de las prácticas investigativas.

Esa contribución puede leerse en conjunto con el trabajo más específico que reflexiona sobre el desarrollo institucional y legal que tuvo lugar en Brasil con posterioridad a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolviera el caso “Maria Da Penha”, en torno a la atención de casos de violencia de género. Hay una preocupación específica en el texto por las implicancias punitivistas de dicha política.

Aunque poco frecuentemente abordado en los debates públicos, muchas veces jaqueados por demagogias punitivas cuyos resultados se dejan ver en nuestros países, constituye un desafío enorme el trabajo con varones agresores. La vacancia regional de reflexión y de políticas públicas es abrumadora pero aún así incluimos un artículo sobre una experiencia de trabajo con varones agresores en casos de violencia de género en la provincia de Córdoba, Argentina.

En otro orden, consideramos indispensable articular análisis y política institucional de género en el abordaje de las defensas de mujeres infractoras en los procesos penales. El tema es prioritario pues, a nivel regional, el encarcelamiento de mujeres aumenta cuantitativamente de manera exponencial.

Consecuencia de las políticas punitivas en materia de narcotráfico, hay que resaltar el hecho de que las mujeres privadas de la libertad que cometen delitos de ese tipo u otros, no cuentan con defensas técnicas que incorporen la dimensión de género en su actividad.

El año 2018 ha de ser recordado seguramente, entre otras cosas, por una nueva edición parlamentaria de debates por el aborto. Argentina tuvo una discusión de inédita profundidad pues, por primera vez, se llegó a obtener media sanción del derecho al aborto. Actualmente en México y Chile, el debate se ha instalado también saltando las vallas del activismo y calando en los espacios institucionales, aunque con alcances diversos. Actualmente, hay países donde las mujeres cumplen largas condenas por llevar a cabo este tipo de prácticas. Por eso, escogimos incluir aquí un artículo que analiza en particular la acuciante situación de El Salvador, donde ninguna modalidad de interrupción del embarazo está amparada por la ley, ni siquiera los que resultan de violaciones o impliquen riesgos de vida para las personas gestantes.

Aunque en los discursos dominantes se instale una asociación casi automática entre violencias de género y habilitación de intervenciones predominantemente penales, las exigencias de transformación dirigidas a erradicar los niveles obscenos de desigualdad en materia de género exigen de políticas e intervenciones en todos los ámbitos.

Recabar experiencias novedosas en otros lugares ha sido también un objetivo de esta publicación. Allí dan cuenta los trabajos dedicado a propiedad y género en Nicaragua, incorporando además el análisis de una forma específica de administración de justicia comunal.

Es claro que las matrices de desigualdades y asimetría no se detienen en las puertas de los servicios de justicia, cuando no incluso las amplifican y agravan. Los sistemas de justicia, a la luz de las demandas sociales y de los señalamientos de impunidad estructural cuando se trata de violencias y/o desigualdades de género, tienen que asumir la relevancia de un tema que ya no puede seguir confinado a los márgenes del debate, encapsulado en oficinas específicas sin incidencia en las decisiones o limitado a unos pocos procesos de trabajo.

Tampoco alcanza con la promoción de políticas tokenistas que se limitan a colocar una u otra persona no masculina en alguna posición bajo la lógica del “adorno” aunque, hay que decirlo, el monopolio masculino en sí mismo reclama intervenciones urgentes. Los órganos de conducción de los poderes judiciales, los órganos de administración, las direcciones y consejos de los organismos internacionales en manos siempre de varones hegemónicos sin la más mínima gestualidad de representación diversa, resulta insostenible.

Al mismo tiempo en muchos países se vienen desarrollando políticas para transversalizar políticas de género como parte de los procesos de modernización institucional y en las intervenciones propiamente jurisdiccionales. En relación con estos ejes, incorporamos un artículo que difunde la experiencia de responsabilidad y gestión transparente del sistema judicial con perspectiva de género.

También en línea con la necesidad de generar instituciones capaces de proveer respuestas satisfactorias y diversas a las demandas de justicia, se incluye un trabajo sobre la experiencia de formación y articulación territorial con miras a la remoción de obstáculos y promoción de mejores condiciones de acceso a la Justicia para el colectivo de disidencias sexuales. Se trata de un trabajo llevado adelante por el Ministerio Público Fiscal de la Nación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Reducir las cuestiones de género a la situación de las mujeres ya no se compadece ni con las reinterpretaciones de los textos convencionales que se han producido en décadas pasadas y cuyos órganos de interpretación han ido actualizando, ni con las exigencias de reconocimiento a esas luchas que se inscriben en la agenda de obligaciones y cuestiones pendientes para todos nuestros Estados. En efecto, entre las más recientes de las relatorías del Sistema Interamericano de Derechos Humanos se cuenta la abocada específicamente a la situación de población LGBTTI.

Incluimos un texto de análisis y reflexión crítica del proceso legislativo regional en torno a las leyes de identidad de género, junto con un trabajo específico sobre el proceso colectivo que llevó al debate de dicha legislación en Chile, desde 2011 en adelante.

Además, incorporamos un trabajo específico de México referido a la necesidad de articular en las políticas de drogas que abandonen con la misma intensidad el paradigma prohibicionista y la perspectiva heteronormada en relación con personas usuarias de drogas. Para ello, se enfoca el análisis en experiencias ya disponibles de lesbianas y bisexuales para a partir de allí proponer una reformulación integral de la política de drogas inclusiva.

Finalmente, en la sección Debates ordenamos la discusión en dos ejes. Por un lado, una consulta dirigida a identificar políticas específicas en cada país y  el tipo de impacto que según les operadores ha generado. Por otro lado, un debate central respecto de la relación entre el uso de salidas alternativas en procesos donde se abordan casos de violencias de género. No obstante, los posicionamientos institucionales, los debates académicos, la dinámica misma de los sistemas de justicia, las capacidades de intervención, así como las características específicas de este tipo de conflictos, señalan que por fuera del improductivo binarismo de salidas alternativas si o no, se mantiene el desafío de pensar respuestas eficaces al fenómeno de las violencias.

Es una alegría presentar este número, impensable sin el entusiasmo de les autores, la experiencia del equipo de CEJA que sostuvo el proceso de trabajo y la generosidad de INECIP que propuso asumir la gestión de este número a quienes venimos trabajando en un área específica de reflexión y propuesta sobre estas cuestiones.

La diversidad de temas y la pluralidad de debates que la interpelación de los feminismos y las disidencias sexuales vienen promoviendo, apenas han sido alcanzados por este primer paso. Procuramos hacerlo con perspectiva regional y articulación de visiones provenientes de la academia, las instituciones judiciales y los activismos.

Ojalá sea un número que aporte a los debates en distintos rincones, genere controversias y entusiasme con las transformaciones. Sobre todo es tiempo de que esa relación entre género y justicia con la que hoy nos toca insistir, sea definitivamente asumida como una cuestión clave y se vuelva una cuestión cotidiana en los sistemas de justicia.

Ileana Arduino
Directora de Revista Sistemas Judiciales N° 22
Coordinadora del Grupo de Trabajo sobre Feminismos
y Justicia Penal del Inecip