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Cortes supremas > Tema central

La Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, organización actual y perspectivas futuras

Una descripción detallada sobre la organización y competencia de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica. Por Luis Paulino Mora Mora, presidente de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica.
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Para poder cumplir con mi solicitado, utilizaré no sólo apretadas síntesis de las razones que motivan la estructura actual y sus necesidades de modificación, sino también gráficos que permiten captar más fácilmente lo que se pretende relatar. Agradezco se me haya tomado en cuenta para participar como relator de mi experiencia sobre el accionar de la Corte Suprema de Justicia de mi país.

1. Breves antecedentes históricos. Desde su independencia los costarricenses optaron por el modelo republicano y por la división del gobierno del Estado en tres Poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Así, el 25 de enero de 1825, con la Ley Fundamental del Estado Libre de Costa Rica, la idea de creación de un Poder Judicial se concreta constitucionalmente, al establecerse en el artículo 87 de esa Constitución las bases del naciente poder, atribuyendo su ejercicio a una Corte Superior de Justicia compuesta por tres magistrados y los tribunales y juzgados establecidos por Ley, siendo el 1° de octubre de 1826 cuando se instala solemnemente la Corte Superior de Justicia.

Esta fórmula se repitió con variaciones a lo largo del siglo XIX y el final de él atestigua una estructura creada en 1871, que establecía que el Poder Judicial quedaría conformado por la Corte Suprema de Justicia y demás Tribunales y Juzgados que la Ley estableciera. En adelante, la Corte estaría dividida en dos salas bajo la responsabilidad de un presidente, siete magistrados y un fiscal. Además, la elección de los magistrados la realizaba el Congreso y ya no el presidente de la República, como lo fue inicialmente.  

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Luis Paulino Mora Mora
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