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Cortes supremas > Tema central

Repensando el rol de la Corte Suprema en nuestro ordenamiento jurídico

En las últimas décadas el Poder Judicial ha aumentado explosivamente su tamaño, con lo cual las funciones se han diversificado y complejizado. Por José Francisco García, coordinador del Programa de Justicia de Libertad y Desarrollo.
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Así, podemos encontrar que la Corte Suprema concentra hoy tres funciones críticas: la jurisdiccional, en la resolución de los recursos más importantes; la de control disciplinario sobre los jueces inferiores; y la de conducir la gestión administrativa y presupuestaria del sistema. Todas esas funciones las realiza colectiva- mente, muchas por medio de plenos que no resultan operativos, con enormes carencias de información, sin procedimientos que cuenten con estándares adecuados de transparencia y con una muy baja productividad. Además, estas diversas funciones compiten entre sí por la atención de la Corte.

 

Lo anterior nos invita a replantearnos el sentido de tener una Corte Suprema que se haga cargo de to- das estas tareas. Si consideramos a la Corte Suprema como un tribunal propiamente de casación, pareciera necesario que Chile discuta la necesidad de tras- pasar estas funciones �??algunos esquemas en los que se incluya a la propia Corte�?? en las materias antes descritas �??gestión, carrera judicial, calificaciones, disciplina, entre otras�??. Esfuerzos académicos recientes dan cuenta de la necesidad de este debate1.

 

Con todo, delegar las funciones no jurisdiccionales de la Corte Suprema en otros organismos, no implica que la Corte deba ejercer las jurisdiccionales de la manera en que las ejerce actualmente. Este documento buscar hacerse cargo precisamente de esta cuestión. No solo hay razones de especialización, calidad de las sentencias y certeza jurídica detrás de la idea de que la Corte Suprema cuente con meca- nismos de filtro que le permitan conocer, de manera selectiva, los casos más relevantes del sistema; sino, 7. y desde una perspectiva económica y de política pú- blica, también existen razones de escasez y eficiencia en el uso de los recursos públicos.

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José Francisco García
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