La profesión jurídica nutre diversos oficios, que no
siempre se reconocen entre sí como provenientes de un adiestramiento común o de
una misma carrera profesional. El ejercicio de la judicatura en distintos
niveles, las funciones de fiscal, el ejercicio privado de la abogacía -ya sea
como profesional independiente o integrado a la estructura empresarial", los
defensores públicos, el asesoramiento a entidades oficiales, los funcionarios
públicos de los ministerios o los asesores parlamentarios, la enseñanza del
derecho o la investigación jurídica, son sólo diferentes formas de ser abogado,
aunque hoy aparezcan como actividades que no se relacionan mucho entre sí, como
producto del fraccionamiento de la profesión jurídica.
Esta fragmentación produce una notable incomunicación
entre estos distintos oficios, generando incomprensión acerca de las distintas
funciones del derecho. Además, la enseñanza universitaria no distingue entre
los distintos oficios que deberá desempeñar en el futuro el estudiante y con
ello ayuda a la incomprensión y a la incomunicación.
Por otra parte, al interior de las instituciones
judiciales se produce el mismo fenómeno pero de un modo inverso. No se
diferencian de un modo claro los distintos oficios y todos ellos quedan
englobados en una misma "carrera judicial"?. De este modo, quien actúa como
secretario de un tribunal, como fiscal, defensor de oficio "e, incluso, quienes
cumplen funciones de administración en los tribunales" entienden que su actual
oficio es sólo un paso para acceder a otro dentro de la judicatura, ya que ésta
se encuentra, finalmente, en las escalas superiores del prestigio y la
remuneración. De este modo, ya por la fragmentación o por la uniformidad de la
carrera judicial, la profesión jurídica tiene una indeterminación inicial que
genera efectos importantes tanto sobre la visión del sistema judicial, como
sobre el papel que se le exige a cada uno de esos oficios y sobre la cultura
dominante dentro de las organizaciones. A la vez, su reflejo sobre la enseñanza
universitaria provoca una desorientación inicial en el joven profesional que lo
lleva a asumir con mayor rapidez y ansiedad las rutinas y los roles
predeterminados por las propias instituciones.
Esta realidad básica "todavía muy poco estudiada" debe ser
mencionada, ya que es un condicionante básico de los perfiles, las herramientas
y las actitudes de los hombres y mujeres del sistema judicial. Generalmente
ellos han tenido que completar la formación que les requiere el oficio de un
modo autodidacta y esforzado, nutriéndose de las reglas que impone la
organización desde su propia cultura, sin dirección ni ayuda. Este factor
inicial de indeterminación tendrá una gran influencia sobre la posterior
selección de los recursos humanos, el diseño de nuevas formas de capacitación,
las actitudes de los opera-dores judiciales frente a ellos, la repercusión de
las reformas judiciales en los otros oficios "no judiciales"?, etc. No obstante,
poco se ha tomado en cuenta esta base estructural de la profesión jurídica, y
cabría preguntarse si ello no ha sido una de las causas de las enormes
dificultades que la reforma judicial ha encontrado en este campo específico.
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Un nuevo enfoque pedagógico para la capacitación judicial en América Latina
La capacitación interinstitucional en la reforma de la justicia criminal en Chile